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Pico y Placa Colombia

Pico y placa en Bogotá: Excepciones y vías para evitar la regla

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Normalmente, esta medida la tienen que cumplir toda la provincia. Sin embargo existen algunas excepciones para no tener pico y placa en Bogotá, hay servicios básicos donde no se necesita cumplir esta restricción.

Policía y seguridad de Bogotá

Los agentes de tránsito, los bomberos y los servicios de Cruz Roja no tienen que cumplir esta norma al ser vehículos de seguridad necesaria

Vehículos médicos o dedicados a la salud básica

Todos los vehículos que lleven a gente con discapacidad o toda empresa dedicada a la salud, correctamente domiciliada no deberán que cumplir la regla de pico y placa.

Gente de fuera de Bogotá

Si se tiene el papelito del peaje antes de 3 días del control, estos vehículos están exentos de tener la normativa pico y placa.

Más vehículos sin pico y placa

Se listan TODAS excepciones de la normativa en Bogotá:
  1. Todas aquellas unidades vehiculares encargadas de atender, intuir, mitigar casos de emergencia en relación a el virus Covid-19, se salvan del cumplimiento del plan pico y placa.
  2. Aquellos vehículos destinados al transporte y asistencia funeraria, debidamente identificados, exceptuando a los promotores o asesores de venta de servicio funerario.
  3. Aquellas unidades vehiculares que transportan a encargados del gabinete municipal de Bogotá, tales como: secretarias, asesores de despacho, gerentes y directores, mostrando su respectiva credencial que lo acredite en el cargo.
  4. Los vehículos conducidos por el personal de la salud tanto pública como privada, tales como: enfermeras, médicos, paramédicos, entre otros debidamente identificados y con su documentación vigente.
  5. Aquellas unidades del sector salud, propias o bajo contrato con identificación permanente, como: las ambulancia y unidades de asistencia pre-hospitalaria que presenten contrato y certificación vigente.
  6. Los carros que forman parte necesaria de la cadena productiva, tanto en transporte, almacenamiento, ventas y distribución de medicinas, productos derivados de farmacia, equipos y materiales médico-quirúrgicos, necesarios para el soporte y mantenimiento del ininterrumpido servicio de salud, dichos vehículos deben presentar documentación vigente.
  7. Las unidades destinadas a la atención de emergencias veterinarias correctamente acreditadas.
  8. Los vehículos híbridos que funcionan a combustión y electricidad, siempre que se encuentre registrado como tal y con su licencia respectiva.
  9. Aquellos modelos vehiculares que funcionan a través de gas natural, ya sea de fábrica o transformados a partir del año 2015 con el certificado de instalación vigente.
  10. Los carros 100% eléctricos correctamente matriculados en el país.
  11. Todas aquellas unidades de transporte público de la provincia, pertenecientes al grupo de transporte colectivo, previamente autorizados por los funcionarios competentes y con sus respectivas credenciales que lo avalen como tal.
  12. Las unidades de transporte público intermunicipal, departamental, nacional y anillos viales bajo la resolución N° 027 del 21 de enero de 2021.
  13. Las unidades vehiculares que entren a la provincia desde otros municipios se incluyen dentro de la excepción, sólo durante el día de ingreso a la provincia y siempre que presenten el último ticket del peaje actualizado con fecha de ese día.
  14. Los carros pertenecientes a las fuerzas oficiales tales como: militar, policiales, criminalística, fiscalía, transporte oficial de presos y todo aquel personal de organismos de seguridad del estado con sus respectivas credenciales.
  15. Los carros utilizados por el personal encargado del control y tránsito en la provincia debidamente certificados.
  16. Los carrros utilizados para mantenimiento de redes de servicios públicos de primera necesidad, tales como: electricidad, gas, telecomunicaciones, acueductos, entre otros, con identificación permanente en las unidades utilizadas.
  17. El personal correctamente acreditado en el área de comunicaciones, tales como: noticias, radio y televisión con sus permisos respectivos.
  18. El transporte utilizado por magistrados, procuradores, juezas, registradores civiles, defensor del pueblo, contralor y los miembros de la organización electoral en caso de elecciones, concejales, diputados y miembros de juntas de administración local, entre otros, debidamente acreditados e identificados.
 

Algunas de las vías que están exentas de Pico y Placa en Bogotá son:

Finalmente, esta restricción de Pico y Placa en Bogotá no aplica en los corregimientos de la ciudad.

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