Saltar al contenido
Pico y Placa Colombia

Pico y placa en Medellín: Excepciones y vías para evitar la regla

pico y placa en Medellin excepciones

Por lo general, esta normativa la tienen que cumplir todos los ciudadanos. Sin embargo algunas excepciones para no cumplir pico y placa en Medellín, hay servicios básicos donde no se debe cumplir esta regla.

Policía y seguridad de Medellín

Los agentes de tránsito, los bomberos y los servicios de Cruz Roja no tienen que cumplir esta regla al ser vehículos de seguridad pública

Vehículos médicos o dedicados a la salud pública

Todos los vehículos que transporten a gente con discapacidad o cualquier empresa dedicada a la salud, debidamente domiciliada no tendrán que cumplir la regla de pico y placa.

Turistas de fuera de Medellín

Si se tiene el papel del peaje antes de 3 días del control, estos vehículos están exentos de cumplir la normativa pico y placa.

Más vehículos sin pico y placa

Se listan las TODAS excepciones de la regla en Medellín:
  1. Todas aquellas unidades vehiculares encargadas de atender, prevenir, mitigar casos de emergencia relacionados a la pandemia Covid-19, se excluyen del cumplimiento del plan pico y placa.
  2. Aquellos vehículos destinados al transporte y asistencia funeraria, debidamente identificados, exceptuando a los promotores o asesores de venta de servicio funerario.
  3. Las unidades vehiculares que transportan a funcionarios del gabinete municipal de Medellín, tales como: secretarios, asesores de despacho, gerentes y directores, portando su respectiva credencial que lo acredite en el cargo.
  4. Los vehículos conducidos por el personal de la salud tanto pública como privada, tales como: enfermeros, médicos, paramédicos, entre otros debidamente identificados y con su certificación vigente.
  5. Todas aquellas unidades del sector salud, propias o bajo contrato con identificación permanente, tales como: las ambulancia y unidades de asistencia pre-hospitalaria que presenten contrato y certificación vigente.
  6. Los vehículos que forman parte directa de la cadena productiva, tanto en abastecimiento, almacenamiento, comercialización y distribución de medicamentos, productos derivados de farmacia, equipos y materiales médico-quirúrgicos, necesarios para el soporte y mantenimiento del ininterrumpido servicio de salud, dichos vehículos deben presentar certificación vigente.
  7. Las unidades destinadas a la atención de emergencias veterinarias debidamente acreditadas.
  8. Los carros híbridos que funcionan a combustión y electricidad, siempre que se encuentre registrado como tal y con su licencia respectiva.
  9. Aquellos modelos vehiculares que funcionan a través de gas natural, ya sea de fábrica o transformados a partir del año 2015 con el certificado de instalación vigente.
  10. Los vehículos 100% eléctricos debidamente matriculados en el país.
  11. Todas aquellas unidades de transporte público de la ciudad, perteneciente al grupo de transporte colectivo, previamente autorizados por las autoridades competente y con sus respectivas credenciales que lo avalen como tal.
  12. Las unidades de transporte público intermunicipal, departamental, nacional y anillos viales bajo la resolución N° 027 del 21 de enero de 2021.
  13. Las unidades vehiculares que ingresen a la ciudad desde otros municipios se incluyen dentro de la excepción, sólo durante el día de ingreso a la ciudad y mientras presenten el último ticket del peaje actualizado con fecha de ese día.
  14. Los vehículos pertenecientes a las fuerzas oficiales tales como: militares, policiales, criminalística, fiscalía, transporte oficial de detenidos y todo aquel personal de organismos de seguridad del estado con sus respectivas credenciales.
  15. Los vehículos utilizados por el personal encargado del control y tránsito en la ciudad debidamente certificados.
  16. Los vehículos destinados al mantenimiento de redes de servicios públicos de primera necesidad, tales como: energía eléctrica, gas, telefonía, acueductos, entre otros, con identificación permanente en las unidades utilizadas.
  17. El personal debidamente acreditado en el área de comunicaciones, tales como: prensa, radio y televisión con sus permisos respectivos.
  18. El transporte utilizado por magistrados, procuradores, jueces, registradores civiles, defensor del pueblo, contralor y los miembros de la organización electoral en caso de elecciones, concejales, diputados y miembros de juntas de administración local, entre otros, debidamente acreditados e identificados.
 

Algunas de las vías que están exentas de Pico y Placa en Medellín son:

  • Avenida Las Palmas.
  • Avenida 33 que empieza en el Río y finaliza con Las Palmas.
  • Vía del Río (Avenida Regional, Autosur, Avenida Paralela).
  • En los laterales de quebrada La Iguaná (carrera 80 y 63).
  • Puente Horacio Toro, calzada norte en dirección oriente – occidente.
Finalmente, esta restricción de Pico y Placa en Medellín no aplica en los corregimientos de la ciudad.

Te puede interesar

Horario y más sobre el Pico y Placa en Medellín

Si aún tienes dudas sobre la restricción visita nuestra publicación sobre el pico y placa general de todo Medellín. Horario y más sobre Pico y Placa en Medellín
Ajustes