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Pico y Placa Colombia

Pico y placa en Quibdó: Excepciones y vías para evitar la regla

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Por lo general, esta restricción la deben cumplir toda la población. Sin embargo aparecen algunas excepciones para no cumplir Pico y placa en Quibdó, hay servicios necesarios donde no se tiene cumplir esta regla.

Policía y seguridad de Quibdó

Los policías de tránsito, los bomberos y los servicios de Cruz Roja no tienen que respetar esta regla al ser carros de seguridad necesaria

Vehículos médicos o dedicados a la salud pública

Todos los vehículos que transporten a gente con discapacidad o toda empresa dedicada a la salud, correctamente domiciliada no deberán que respetar la regla de Pico y placa.

Turistas de fuera de Quibdó

Si se tiene el documento del peaje antes de tres días de la parada, estos vehículos están exentos de cumplir la medida pico y placa.

Otros vehículos sin pico y placa

Se listan TODAS excepciones de la medida en Quibdó:

  1. Todas aquellas unidades vehiculares encargadas de ayudar, prevenir, mitigar casos de alerta en relación a la pandemia Covid-19, se salvan del cumplimiento de la norma pico y placa.
  2. Aquellos vehículos destinados al transporte y asistencia funeraria, correctamente identificados, sin contar a los promotores o encargados de venta de servicio funerario.
  3. Las unidades vehiculares que transportan a funcionarios del gabinete municipal de Quibdó, tales como: secretarias, asesores judiciales, gerentes y directores, mostrando su respectiva credencial que lo acredite en el puesto.
  4. Los carros conducidos por el personal de la salud tanto privada como pública, tales como: enfermeros, médicos, paramédicos, entre otros debidamente identificados y con su certificación vigente.
  5. Las unidades del sector médico, propias o bajo contrato con identificación permanente, como: las ambulancia y unidades de asistencia pre-hospitalaria que presenten contrato y documentación al día.
  6. Los vehículos que forman parte directa de la cadena productiva, tanto en abastecimiento, vigilancia, ventas y transporte de medicinas, productos derivados de farmacia, instrumentos y materiales médico-quirúrgicos, importantes para el soporte y mantenimiento del ininterrumpido servicio de salud, dichos carros deben presentar certificación al día.
  7. Las unidades destinadas a la atención de emergencias veterinarias debidamente acreditadas.
  8. Los vehículos híbridos que funcionan a combustión y electricidad, siempre que se encuentre registrado como tal y con su licencia respectiva.
  9. Aquellos modelos vehiculares que funcionan a través de gas natural, ya sea de fábrica o transformados a partir del año 2015 con el certificado de instalación vigente.
  10. Los carros 100% eléctricos correctamente matriculados en la nación.
  11. Todas aquellas unidades de transporte público de la ciudad, pertenecientes al grupo de transporte colectivo, previamente autorizados por los funcionarios competentes y con sus respectivas credenciales que lo avalen como tal.
  12. Las unidades de transporte público intermunicipal, departamental, nacional y anillos viales bajo la resolución N° 027 del 21 de enero de 2021.
  13. Las unidades vehiculares que entren a la provincia desde otros municipios se incluyen dentro de la excepción, únicamente durante el día de ingreso a la provincia y siempre que presenten el último ticket del peaje actualizado con fecha de ese día.
  14. Los vehículos pertenecientes a las fuerzas especiales tales como: militar, policiales, criminalística, fiscalía, transporte oficial de presos y todo aquel personal de organismos de seguridad del estado con sus respectivas credenciales.
  15. Los vehículos utilizados por el personal encargado del control y tránsito vial en la ciudad debidamente certificados.
  16. Los carrros destinados al mantenimiento de redes de servicios públicos de primera necesidad, tales como: electricidad, gas, telecomunicaciones, acueductos, entre otros, con identificación permanente en las unidades utilizadas.
  17. El personal debidamente acreditado en el área de comunicaciones, tales como: noticias, radio y TV con sus permisos respectivos.
  18. El transporte que se utiliza por magistrados, procuradores, jueces, registradores civiles, defensor del pueblo, contralor y los miembros de la organización electoral en caso de votaciones, concejales, diputados y miembros de juntas de administración local, entre otros, correctamente acreditados e identificados.

 

Algunas de las vías que están exentas de Pico y Placa en Quibdó son:

  • En principio, esta normativa a aplica a todas las calles de Quibdó.

Finalmente, esta restricción de Pico y Placa en Quibdó no aplica en los corregimientos de la ciudad.

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Si aún tienes dudas sobre la restricción visita nuestra publicación sobre el pico y placa general de todo Quibdó.

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